El Pleno del Ayuntamiento de Mendavia, en sesión ordinaria celebrada el día 25 de febrero de 2016, acordó aprobar inicialmente la Ordenanza municipal reguladora de los locales destinados a centros de reunión de ocio permanentes y temporales del término municipal de Mendavia.
De conformidad con lo dispuesto en el artículo 7 de la Ley 19/2016, de 9 de diciembre, de transparencia, acceso a la información pública y buen gobierno se publica dicho documento durante el período de información pública que de acuerdo con el artículo 25.1 de la Ley Foral 6/1990, de 2 de julio, de la Administración Local de Navarra, modificada por la Ley Foral 11/2004, de 29 de octubre, será de treinta días hábiles, a contar desde el siguiente al de publicación del anuncio en el Boletín Oficial de Navarra, para que los vecinos o interesados puedan formular las reclamaciones, reparos u sugerencias que estimen oportunas.
Si transcurrido el período de exposición pública no se formularan alegaciones, la Ordenanza antedicha quedará definitivamente aprobada, procediéndose a la publicación de su texto íntegro en el Boletín Oficial de Navarra.