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APROBACIÓN INICIAL ORDENANZA MUNICIPAL REGULADORA DE LOS USOS DE LOCALES DE REUNIÓN

El Pleno del Ayuntamiento de Mendavia, en sesión ordinaria celebrada el día 25 de febrero de 2016, acordó aprobar inicialmente la Ordenanza municipal reguladora  de los locales destinados a centros de reunión de ocio permanentes y temporales del término municipal de Mendavia.

De conformidad con lo dispuesto en el artículo 7 de la Ley 19/2016, de 9 de diciembre, de transparencia, acceso a la información pública y buen gobierno se publica dicho documento durante el período de información pública que de acuerdo con el artículo 25.1 de la Ley Foral 6/1990, de 2 de julio, de la Administración Local de Navarra, modificada por la Ley Foral 11/2004, de 29 de octubre, será de treinta días hábiles, a contar desde el siguiente al de publicación del anuncio en el Boletín Oficial de Navarra, para que los vecinos o interesados puedan formular las reclamaciones, reparos u sugerencias que estimen oportunas.

Si transcurrido el período de exposición pública no se formularan alegaciones, la Ordenanza antedicha quedará definitivamente aprobada, procediéndose a la publicación de su texto íntegro en el Boletín Oficial de Navarra.

Texto ordenanza locales de reunión definitivo (45.5KBS)